Tuxtla Gutiérrez, Chiapas., a 31 de enero del 2026. (DSN). – El Congreso del Estado de Chiapas aprobó recientemente reformas al Código Penal local para tipificar y sancionar el delito de cohabitación forzada, una práctica que afecta principalmente a niñas, niños y adolescentes, y que en muchos casos se ha justificado bajo el argumento de usos y costumbres.
Con estas modificaciones, se establece que quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una persona menor de 18 años —o a alguien que no tenga capacidad para comprender o resistir el hecho— a vivir con otra persona en una convivencia similar al matrimonio o concubinato, *cometerá un delito*.
PENAS PREVISTAS EN LA LEY
Las disposiciones adicionadas al Código Penal de Chiapas contemplan penas severas para quienes incurran en esta conducta:
• Prisión de 8 a 15 años.
• Multas de mil a 2 500 días de salario mínimo.
• Aumento de hasta una mitad de la pena cuando la víctima pertenezca a una **comunidad indígena o afromexicana.
La reforma no solo sanciona a quien ejecuta directamente la cohabitación forzada, sino también a quienes promuevan, negocien o faciliten este tipo de uniones.
Protección de derechos humanos
De acuerdo con legisladores, estas medidas buscan proteger el interés superior de la niñez, prevenir embarazos forzados y erradicar prácticas que vulneran derechos fundamentales como la libertad, la dignidad y el desarrollo integral de las personas menores de edad. La aprobación de esta reforma coloca a Chiapas entre los estados que han endurecido su marco legal para combatir los matrimonios y uniones forzadas, alineándose con estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.